Gastos de Guardería Renta 2018 mod 233 para deducción

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Gastos de Guardería Renta 2018 mod 233 para deducción

La Agencia Tributaria ha incrementado la deducción por maternidad, en la Renta de 2018, cuando se satisfagan gastos por la custodia de un hijo menor de tres años, en guarderías que estén autorizadas , como es nuestro caso en la escuela privada Abcgo Nurseries “Julián Camarillo” COD. 28073999.

Dado el aluvión de llamadas y mails recibidos en el centro, vamos a explicar y clarificar a continuación las particularidades de esta deducción mod 233 referida en la Orden HAC/1400/2018.

¿Quién tiene derecho a deducción según la AEAT?

Según nos informa la Agencia Tributaria, tienen derecho a deducción, las mujeres con hijos menores de tres años, es decir, nuestras mamas de Abcgo Nurseries, pues somos centro autorizado por la CAM 0-3 años. En el caso que el hijo menor cumpla tres años a lo largo del último curso en nuestra escuela, podrán aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil, normalmente Julio.

Nuestras mamas trabajadoras, deben además realizar una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estén dadas de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.

¿Qué gastos tienen derecho a deducción según la AEAT?

Gastos satisfechos en concepto de gastos de custodia, donde se han de entender, las cantidades satisfechas tales como matrícula y mensualidad, incluyendo esta última los específicos de alimentación y horario ampliado como así es, en el caso de Abcgo Nurseries.

¿Cuál es el importe de la deducción según la AEAT?

Se puede minorar la cuota diferencial de su IRPF hasta en 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años.

¿Quién tiene que presentar el citado modelo 233?

En este caso, el obligado a presentarlo es Abcgo Nurseries

“El apartado 9 del 81 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas establece la obligación de información que deben cumplir las guarderías o centros infantiles. Esta obligación de información ha sido desarrollada por el apartado 9 del artículo 69 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas”

¿Qué datos tenemos que detallar en el citado modelo 233?

  • Los propios de identificación de Abcgo Nurseries como autorizado.
  • Identificación (NIF, nombre y apellidos) de la madre o persona que tiene atribuida la guarda y custodia en exclusiva.
  • Identificación (NIF, nombre y apellidos) del otro progenitor.
  • Identificación (nombre, apellidos, fecha de nacimiento y, en su caso, NIF) del menor de 3 años.
  • Se indicarán los meses completos en la guardería/centro de educación infantil. Se entienden incluidos los meses contratados por completo aun cuando parte de los mismos tengan el carácter de no lectivos.
  • Gastos anuales pagados a la guardería/centro de educación infantil. Para la determinación de este importe NO se tendrán en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería/centro de educación infantil (éstas últimas se cumplimentaran en el campo siguiente).
  • Importe subvencionado: el importe subvencionado que se abone directamente a la guardería/centro de educación infantil autorizado.

 

A nuestras mamas y papas del centro Abcgo Nurseries os informaremos más en profundidad ante cualquier necesidad o duda que se os plantee.

 

En el año en que el hijo menor cumpla tres años, podrán aplicar la deducción respecto de los gastos incurridos con posterioridad al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquél en el que pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil.

Para la determinación de este importe NO se tendrán en cuenta las cantidades abonadas por la empresa en la que trabajan la madre, padre, adoptante, tutor o acogedor del menor ni las cantidades subvencionadas satisfechas a la guardería/centro de educación infantil (éstas últimas se cumplimentaran en el campo siguiente).

 

Ejemplo 1

Gastos guardería 420 €/mes

Meses completos: enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre.

Cantidades satisfechas por la empresa (como retribuciones en especie exentas): 1.500 euros (total anual).

Cantidades abonadas por la CCAA a la guardería o centro de educación infantil: 900 euros

Cumplimentación del modelo 233

Además de los datos identificativos de los progenitores y el menor y la fecha de nacimiento del menor se consignará, de acuerdo con los datos del ejemplo, los siguientes datos:

MESES COMPLETOS EN LA GUARDERIA O CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADO: Se consignará S en los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y diciembre y una N en los meses de julio y agosto.

GASTOS ANUALES PAGADOS A LA GUARDERÍA O CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADO: 4.200 euros (420 x 10 meses).

IMPORTE SUBVENCIONADO: 900.

 

Ejemplo 2

Gastos guardería: matricula enero 300 + 8 mensualidades de 500 €/mes correspondiente a los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y 250 € por 15 días julio.

Cumplimentación del modelo 233

Además de los datos identificativos de los progenitores y el menor y la fecha de nacimiento del menor se consignará, de acuerdo con los datos del ejemplo, los siguientes datos:

MESES COMPLETOS EN LA GUARDERIA O CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADO: Se consignará S en los meses de febrero, marzo, abril, mayo, junio, septiembre, octubre, noviembre y una N en los meses de enero, julio, agosto y diciembre.

GASTOS ANUALES PAGADOS A LA GUARDERÍA O CENTRO DE EDUCACIÓN INFANTIL AUTORIZADO: 4.550 (300 + 4000 + 250).

IMPORTE SUBVENCIONADO: 0.

 

Plazo de presentación del modelo 233

Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados

Presentación con periodicidad ANUAL.

Plazo de presentación: durante el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior. Para el ejercicio 2018, el plazo de presentación será el comprendido entre el 1 de enero y el 15 de febrero de 2019.

 

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